jueves, 2 de octubre de 2025

CAEN LOS VETOS DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO Y DE EMERGENCIA PEDIÁTRICA Y EL GOBIERNO DEBE PROMULGAR LAS LEYES

El Senado rechazó las medidas del Ejecutivo por 
amplia mayoría por lo que ahora deben cumplirse 
los siguientes pasos constitucionales

 Festejos opositores tras el rechazo a los vetos del Poder Ejecutivo en el Senado.
(Foto/Comunicación Senado)

Nacionales
- Con la presencia de una masiva marcha universitaria en las afueras del Palacio Legislativo, el Senado aprobó la insistencia definitiva de la Ley de Financiamiento Universitario con 58 votos afirmativos, 7 negativos y 4 abstenciones. El Gobierno nacional queda obligado a promulgar la ley ya que el texto superó ampliamente los dos tercios que establece la Constitución Nacional.

A favor de la insistencia de la ley, estuvieron 33 de los 34 integrantes del interbloque de Unión por la Patria; 12 de los 13 radicales; los dos santacruceños; los dos misioneros del Frente Renovador de la Concordia; Carlos “Camau” Espínola y Alejandra Vigo de Unidad Federal; la rionegrina Mónica Silva; la neuquina Lucila Crexell; la chubutense Andrea Cristina; la tucumana Beatriz Ávila; el salteño Juan Carlos Romero; y Guadalupe Tagliaferri y Luis Juez del Pro.

Dentro de los 7 votos en contra de la insistencia de la Ley de Financiamiento Universitario estuvieron los 5 de los 6 integrantes de La Libertad Avanza; la cordobesa Carmen Álvarez Rivero del Pro; y el formoseño Francisco Paoltroni de Libertad, Trabajo y Progreso. Además, se abstuvieron el misionero Martín Goërling Lara, la santafesina Carolina Losada, la pampeana Victoria Huala y el entrerriano Alfredo De Ángeli.

Los únicos ausentes al momento de la votación fueron el senador chaqueño de Unión por la Patria Antonio Rodas; la jujeña Vilma Bedia de La Libertad Avanza; y la chubutense Edith Terenzi.

A diferencia de lo que ocurrió en 2024, la iniciativa que propone una actualización en las partidas presupuestarias de las Casas de Altos Estudios y recompone salarios docentes y no docentes se transformó en ley. Es el segundo/tercer veto que el Congreso le deroga al presidente Javier Milei: el 4 de septiembre fue la Emergencia en Discapacidad y este jueves, también, la Emergencia Sanitaria en Pediatría del Hospital Garrahan.

Qué establece la ley

La norma sancionada obliga al Gobierno nacional a actualizar, desde el 1 de enero de 2025, los montos destinados al funcionamiento de las universidades públicas. Según el texto, dicha actualización deberá realizarse conforme a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, correspondiente al período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2024.

La medida alcanzaría las partidas presupuestarias vinculadas a la asistencia financiera para el funcionamiento universitario, hospitales universitarios, fortalecimiento de la ciencia y la técnica, y actividades de extensión, todas enmarcadas en el programa de Desarrollo de la Educación Superior.

Además, se deja fijada una actualización bimestral de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas durante todo 2025. La medida, que regirá desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre, se aplicará de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.

También, obliga al Poder Ejecutivo a actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y la sanción de la ley, en un porcentaje no inferior al IPC del mismo lapso.

Este incremento deberá hacerse efectivo al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y será remunerativo y bonificable. Asimismo, se establece la incorporación total de las sumas no remunerativas al salario básico durante el año en curso.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo deberá recomponer los montos de las becas Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otras, ajustándose por la variación del IPC desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley. Además, se establece un incremento progresivo en la cantidad de becas, en función del crecimiento de la matrícula en instituciones públicas de nivel secundario y superior.

Del mismo, establece que la Auditoría General de la Nación (AGN) realizará el control administrativo externo de las universidades públicas de gestión estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 bis de la ley 24.521. Los informes elaborados por la AGN deberán ser remitidos de manera inmediata al Congreso de la Nación, junto con las observaciones que pudieran surgir y el correspondiente plan de seguimiento y control con el objetivo de fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en el sistema universitario, en un contexto de creciente demanda por eficiencia institucional.

Por último, intima al Poder Ejecutivo a disponer los créditos presupuestarios necesarios para garantizar la continuidad y eficiencia de los servicios universitarios, tal como lo establece la ley 24.156. En ese marco, se prevé la adecuación de partidas para actualizar, al 1º de enero de 2025, el presupuesto destinado a las universidades públicas. La norma sostiene que esta actualización no deberá impactar sobre la distribución de la coparticipación federal de impuestos ni sobre los aportes del Tesoro nacional, preservando así los recursos provinciales y el equilibrio fiscal.

Emergencia pediátrica

Nuevo veto en caerse en el Congreso para Javier Milei: el Senado insistió por una amplísima mayoría con la Ley de Emergencia Pediátrica, que establece la asignación presupuestaria “prioritaria” para los hospitales que atienden niños e indica específicamente que debe garantizarse “el funcionamiento pleno y sostenido” del Garrahan.

Tal como se esperaba, la norma superó los dos tercios de los votos que requería. El tablero marcó 59 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones. Tras este resultado, el artículo 83 de la Constitución Nacional señala que el Poder Ejecutivo debe directamente promulgarla.

El pasado 17 de septiembre, la Cámara de Diputados también insistió con la ley por 181 votos afirmativos, 60 negativos y una abstención. Pocos días después de eso, se anunció un complemento salarial para los trabajadores del Garrahan, de 450 mil pesos para los médicos y de 350 mil para el resto del personal.

Los trabajadores destacaron que esa suma adicional fue fruto de la lucha que llevan adelante hace más de un año, pero aseguraron que no era suficiente para solucionar de fondo el reclamo laboral. De hecho, las medidas de fuerza continuaron y este jueves el prestigioso nosocomio se encuentra de paro por más de 24 horas. Además, la comunidad del Garrahan se movilizó a la Plaza del Congreso en el marco del debate en el Senado.

En lo que va del conflicto, los representantes del Garrahan afirman que ya se fueron del hospital más de 200 profesionales.

El texto de la ley

La norma declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud de la República Argentina por el término de un año, “debido a la grave situación que atraviesa el sistema de salud”.

Además, declara al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” como “hospital de referencia nacional en la atención pediátrica de alta complejidad” y establece que debe garantizarse “su funcionamiento pleno y sostenido”.

Asimismo, prevé la derogación de la resolución 2109/25 del Ministerio de Salud, a través de la cual se modificó el régimen de residencias médicas.

El texto contempla “la asignación prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios para bienes de uso y consumo, insumos críticos, mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas, tecnologías médicas y personal esencial destinados al cuidado y atención pediátrica en el país”.

También, “la recomposición inmediata de los salarios del personal de salud asistencial y no asistencial que atiende a la población pediátrica con criterios de equiparación y reconocimiento por funciones críticas”. Allí, se incluye a los residentes nacionales de salud de todas las especialidades. “La recomposición no podrá ser menor a la que recibían en términos reales en noviembre del año 2023”, indica.

Finalmente, se estipula la exención a todo el personal de salud que se desempeña en efectores públicos y privados del pago de Ganancias cuando desempeñan actividades críticas, horas extras y/o guardias.

Otro de los artículos establece que el Poder Ejecutivo deberá reasignar partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Salud, dentro del ejercicio fiscal vigente, “y podrá ampliar los recursos mediante el uso de reservas destinadas a contingencias sanitarias”.

Por otra parte, se establece la creación de “una comisión de seguimiento y evaluación” integrada por las autoridades de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de Diputados y de la Comisión de Salud del Senado, representantes del Ministerio de Salud, representantes del COFESA y representantes de la Sociedad Argentina de Pediatría, que deberá emitir informes trimestrales públicos sobre el cumplimiento de la ley.

“Mientras dure la emergencia, los programas y acciones de salud infantil y adolescente tendrán prioridad en la asignación y ejecución presupuestaria, en particular en relación con hospitales públicos de referencia, servicios de urgencia, internación, neonatología, trasplantes, cirugías cardiacas, oncología pediátrica”, añade.

Informe: Parlamentario.com y Agensur.info

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