miércoles, 3 de noviembre de 2021

MEMORÁNDUM CON IRÁN / CONCEDEN RECURSOS PARA APELAR SOBRESEIMIENTO DE CRISTINA KIRCHNER

Los familiares de víctimas del atentado a la AMIA también recusarán al fiscal de Casación que había dictaminado 
la inexistencia de delito


Judiciales
- El Tribunal Oral Federal N°8 concedió los recursos para que la Cámara de Casación revise el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa por la firma del Memorándum con Irán y ahora serán los jueces de la Sala I de ese tribunal, Diego Barroetaveña, Ana María Figueroa y Daniel Petrone, los que deben decidir sobre el futuro de ese caso iniciado por la denuncia del fiscal Alberto Nisman.

Los defensores de los exfuncionarios acusados también apelaron, pero para que se les impongan a las querellas de los familiares del ataque a la AMIA y a la DAIA las costas del juicio.

El primer paso es que los jueces analizan la admisibilidad de los recursos, luego empiezan a correr los plazos para que las partes sostengan sus argumentos ante la Casación y tras una audiencia pública que convocarán los jueces de la Sala I de la Casación, tomaran una decisión. Por los plazos que prevé el trámite y la complejidad del caso, lo más probable es que no se conozca ninguna definición antes de fin de año, sino recién el año próximo.

Ahora que el escrito llegue a la Casación, los jueces tienen tres días días para hacer saber a los abogados la integración del tribunal y plantear recusaciones si es que corresponde. Los querellantes que representan a los familiares de víctimas de la AMIA, Luis Czyzewski y Mario Averbruch, piensan recusar al fiscal ante la Casación, Javier de Luca. El fiscal, al dictaminar en el caso del Memorándum con Irán, entendió que su firma no podía constituir un delito. Por eso pretenden que se aparte. En caso de que el fiscal no recurra el fallo y lo consienta, solo quedaría en pie la apelación de los querellantes familiares de las víctimas y la querella de la DAIA y la AMIA.

Tras la resolución de las recusaciones, si las hubiera, y si en ese plazo los recurrentes [es decir la fiscalía y los querellantes] mantienen los recursos, empiezan a correr 10 días hábiles llamado de término de oficina para que los interesados examinen los recursos. Vencido este término, el presidente de la Sala I de la Casación fijará una audiencia para informar, con intervalo no menor de diez días, y señalará el tiempo de estudio para cada miembro de la Cámara.

Se fija al audiencia oral para que las partes expongan sus puntos de vista en contra del sobreseimiento o para confirmarlo. Tras esa argumentación, de la audiencia, la Casación tiene 20 días hábiles más para resolver.

En causas complejas como esta, la resolución de estos trámites previos lleva al menos dos meses, por lo que es probable que haya alguna novedad recién después de la feria judicial, en los meses de febrero o marzo, evaluaron conocedores de los tiempos de los magistrados. Los jueces de la Casación que hagan la audiencia son los que decidirán sobre el caso, mas allá de que cambie la integración de las salas el año próximo.

Los sobreseídos por los jueces María Gabriela López Iñiguez, Jose Antonio Michilini y Daniel Obligado son Cristina Kirchner, Eduardo Zuain, Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil y Allan Bogado, por que los hechos por los que fueron acusados no constituyen delito, concluyeron los magistrados.

Contra esa sentencia propusieron recursos de Casación el fiscal Marcelo Colombo, los querellantes Tomás Farini Duggan y Juan José Avila, por los familiares de las víctimas; la querella de la DAIA y la AMIA y también los abogados de los sobreseídos.

El fiscal Colombo dijo que la sentencia era arbitraria porque clausuraba el caso sin pasar por el juicio oral y público, ya que los jueces tomaron la decisión de sobreseer tras llamar a seis audiencias previas. Colombo entendió que el tribunal había tomado en cuenta una regla procesal que no autorizaba a actuar como lo habían hecho los jueces. Criticó que la prueba que se valoró no era prueba nueva, ya que estaba desde la instrucción en el expediente. El fiscal entendió que se violaron las reglas “del debido proceso penal” y que dejó a la acusación “sin la posibilidad de producir, controlar y valorar las pruebas ofrecidas y aceptadas por el tribunal, para su desarrollo en el marco de un juicio oral y público”.

“Atacó que no se observaron las normas procesales para la celebración del juicio, la producción y control de la prueba por parte de todas las partes, de acuerdo con las reglas para esta etapa del proceso. Por eso la fiscalía pidió que se anule el sobreseimiento, se mande el caso a juicio oral y que se haga el debate. Los jueces entendieron que el recurso es admisible con estos argumentos y lo concedieron.

En cuanto a los querellantes, tanto Jorge Knoblovits, de la DAIA, como Luis Czyzewski y Mario Averbuch, coincidieron en que la sentencia es un avance del Poder Judicial sobre las funciones legislativas del Congreso y dijeron que están afectados los principios de legalidad, igualdad ante la ley y la garantía del debido proceso.

Dijeron que el sobreseimiento del 7 de octubre pasado se basa en la reedición de planteos que ya habían sido resueltos por instancias anteriores y había dejado firme la propia Corte. Habló la querella de arbitrariedad por haberles privado del juicio oral. Dijeron que no hubo nuevas pruebas que autoricen el sobreseimiento de los imputados antes del juicio oral. Entendieron que la sentencia “ha desconocido (inobservado) o aplicado erróneamente las normas”. Al igual que con el fiscal concedieron los recursos.

Las defensas dijeron que hubo una errónea aplicación de la ley y pidieron que se impongan las costas del juicio a las querellas de los familiares de las víctimas y a la DAIA.

Los jueces que sobreseyeron a Cristina Kirchner dijeron que no hubo dudas de que las visitas de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky a Mauricio Macri cuando era presidente afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural, sin embargo no declararon la nulidad de la causa por ese motivo. Advirtieron que si llegaban a declarar nulo el caso, podía tener un impacto sobre la causa judicial vinculada con el atentado a la AMIA y la vigencia de los pedidos de captura librados por Interpol sobre los sospechosos del ataque a la mutual judía.

Señalaron, citando al propio Hornos, que “este tribunal sí está en condiciones de señalar, en coincidencia con lo que oportunamente el juez Hornos señaló con motivo de votar el apartamiento de la jueza Sabrina Namer, es que ‘la justicia no solo debe realizarse, también debe parecer que se realiza’”. Y agregaron que “no cabe sino dar la razón a las defensas en cuanto a que se debe considerar vulnerada la garantía del juez imparcial”.

“La posibilidad de que este proceso camine hacia un futuro escenario de juicio oral y público se encuentra cancelada cuanto menos, hasta que tan serios y graves obstáculos sean despejados en su totalidad y de modo definitivo por todas instancias legalmente previstas”, dijeron los magistrados.

En su denuncia, Nisman sostuvo que la firma del pacto con Irán (destinado a que iraníes con pedido de captura fueran indagados en la causa) buscaba, en realidad, que se dejaran sin efecto las circulares rojas de Interpol que solicitaban sus detenciones. Aportó escuchas telefónicas como evidencia.

Pero cuatro días después de denunciar a Cristina Kirchner, Nisman apareció muerto de un tiro en la cabeza en su departamento de Puerto Madero. La Justicia dio por probado que fue víctima de un homicidio. Está procesado como partícipe secundario del crimen un exempleado de Nisman, Diego Lagomarsino, que ese día le llevó un arma, supuestamente a pedido del fiscal.

Informe: LN

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