viernes, 31 de mayo de 2013

Declaran inconstitucional la reforma judicial y ordenan suspender el llamado elecciones para el Consejo de la Magistratura

JudicialesDos jueces federales declararon inconstitucional la reforma judicial  y dejaron en suspenso el llamado a elecciones primarias para cubrir las vacantes en el Consejo de la Magistratura. Se trata del juez federal de San Nicolás, Martín Alberto Martínez, quien declaró la inconstitucionalidad de la norma, y del juez federal en lo Civil, Comercial, Contencioso Administrativo y Laboral de Mar del Plata Alfredo Eugenio López, que suspendió las elecciones.

El juez federal de San Nicolás, Martín Alberto Martínez, declaró este viernes la inconstitucionalidad de la Ley que limita las medidas cautelares y también le puso un freno a la elección por voto popular de los consejeros de la Magistratura. La solicitud había sido efectuada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

Según consignó la agencia DyN, el magistrado solicitó al Poder Ejecutivo Nacional que "se abstenga" de aplicar la Ley 26855, "debiendo suspender el llamado a elección" dispuesto por Decreto para llenar vacantes en el Consejo de la Magistratura, "hasta tanto se resuelva en definitiva".

El pedido de Martínez se suma al del juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, quien emitió esta mañana una medida cautelar mediante la cual congeló la conformación del nuevo Consejo de la Magistratura por voluntad popular, de acuerdo con el pedido del Colegio de Abogados de Mar del Plata.

La Justicia recibió este mes múltiples amparos y recursos de inconstitucionalidad contra la reforma del Consejo de  la Magistratura de la Nación en el mismo día en que la ley fue publicada en el Boletín Oficial. El principal reclamo es la suspensión de la elección de consejeros en los comicios de octubre.

El jueves, la jueza federal María Romilda Servini de Cubría rechazó un pedido de medida cautelar para suspender el sistema de elección popular de los consejeros de la Magistratura.

Sin embargo, la jueza abrió la acción de amparo y le corrió traslado de la demanda al Estado nacional, lo que en los hechos significa que en el corto plazo podría pronunciarse sobre la inconstitucionalidad o no de la ley de reforma.

Cautelares. La definición de Martínez se contrapone contra los múltiples rechazos de la Justicia porteña en torno a los límites impuestos para interponer medidas cautelares contra el Estado.

Uno de los últimos fue el de la jueza Cecilia Madariaga de Negre, que desestimó una acción de amparo colectiva contra la modificación al regimen de las medidas cautelares, una de las leyes que integran el paquete de la reforma judicial impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

La magistrada, a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8, argumentó que se necesita "la existencia de un ‘caso contencioso’, ‘causa’ o ‘controversia’, a fin de ejercer el control encomendado a la justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa, en orden a la trascendente preservación del principio de división de poderes”.

Otro juez suspende elecciones para el Consejo

El juez federal en lo Civil, Comercial, Contencioso Administrativo y Laboral de Mar del Plata Alfredo Eugenio López suspendió este viernes las elecciones primarias del 11 de agosto para designar los candidatos a integrantes del estamento abogados del Consejo de la Magistratura.

La suspensión fue decidida mediante una medida cautelar firmada en una causa promovida por el Colegio de Abogados marplatense, que no sólo deja en suspenso las elecciones para consejeros sino también la constitución del nuevo Consejo, según lo establecido por la ley de reforma sancionada recientemente por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo.

La parte resolutiva del fallo resume: “Decreto medida cautelar ordenado al Poder ejecutivo Nacional la suspensión de la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura como así también el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013”.

El juez deslizó en el fallo, de cinco páginas, que la ley que reformó el Consejo es inconstitucional.

El antepenúltimo párrafo de la resolución destaca “la magnitud de la intensidad de la verosimilitud del derecho” y considera “incompatible la ley 26.855 con el texto del artículo 114 de la Constitución Nacional”, que establece que “el Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal”.

Para el juez, la ley “afectaría el equilibrio y representación previstos” por lo que el dictado de una norma provisoria que suspenda los comicios “no afecta el interés público sino que lo resguarda, máxime el peligro en la demora que implicaría acceder tardíamente a la pretensión del accionante, en virtud de la oportunidad de la convocatoria electoral”.

El fallo suspende sólo las elecciones de consejeros abogados porque fue la entidad que reúne la matrícula de los letrados marplatenses la que presentó la acción de amparo, pero atento a que la ley formula la convocatoria para todos los estamentos que componen el Consejo de la Magistratura, la suspensión parcial arrastra a todo el proceso.

Informe: DyN y EC

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