jueves, 2 de septiembre de 2021

Un país relativo

(Composición fotográfica: Relato del Presente)

Por Nicolás Lucca

Todo, absolutamente todo lo que ocurre en la Argentina puede cambiar de realidad o de verdad de acuerdo a quién relate el hecho. Incluso cuando hablamos de cosas tan sencillas como lo fáctico. O sea: en nuestro país podemos llegar a cuestionar si realmente la fuerza de gravedad en la Tierra es una aceleración de 9,8 metros por segundo al cuadrado tan solo porque alguien dice “a mí me parece que”.

Incluso si se descubriera que Isaac Newton fue un supremacista blanco traficante de esclavos en el siglo XVII, podríamos llegar a encontrarnos en los medios de comunicación con condenas hacia quienes afirman que la fuerza de gravedad existe, o que llamarla “fuerza” da a violento. Y “gravedad” ni te cuento. Porque “yo no seré físico, pero a mí me parece que”.

Un comité de notables periodistas amimeparecequeístas dedicó las últimas semanas a analizar si Alberto Fernández violó el Código Penal al violar el Código Penal. Algo así como preguntarse si una piedra cayó al ser arrojada por la ventana.

Es cierto que muchas de las leyes y articulados legales argentinos se prestan para diversas interpretaciones. Pero si buscamos algo que solo requiera de interpretación de texto elemental, tan solo saber leer, uno de los ejemplos más claros es el artículo 205 del Código Penal. Dice de forma muy sencilla que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

¿Muy difícil? No dice “el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes y propague una epidemia”. Dice, sencillamente, simplemente, a prueba de boludos: “el que violare las medidas”.

¿Cuál es la medida adoptada por las autoridades competentes? “Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020”; “deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos”; y “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.

¿Está escrito en chino? ¿El español pasó de moda? ¿La educación ya era una mierda hace décadas sin que podamos culpar a una pandemia? ¿No seré abogado pero amimepareceque? El 239 es resistencia o desobediencia a la autoridad. Ahí podríamos encontrar un gris sobre quién tiene la autoridad en el Poder Ejecutivo dado que el Presidente practica el deporte de esquivar sus deberes, pero convengamos que no hay que ser doctor en abogacía para entender algo tan, pero tan básico como lo escrito.

El drama del amimeparecequeísmo es que nadie pone un freno. Entonces vemos al Presidente presentar un escrito en el que dice “amimepareceque” y de pronto todo es relativo dado que no hubo ningún contagiado y eso demuestra que no se produjo el resultado. Y según su abogado no hubo dolo porque no se propagó ninguna enfermedad. El defensor, de paso, agregó que el fiscal es un coimero y el Juez le chupa un huevo.

Nueva reunión de redacciones, llamadas a miles de especialistas, consejos asesores, alguna reunión de consorcio y teramillones de “amimepareque”. Mientras, el 205 del código penal grita en llanto que “si la prohibición es de violar las medidas sanitarias, el resultado es la violación de la medida sanitaria”. Siguen los debates, continúa el ida y vuelta. Los grupos de Whatsapp explotan con fallos de una corte tribal de Guinea Bisseau y lo que más se repite es “amimepareceque”.

Mientras tanto, nadie le pregunta a Gregorio Dalbón cómo es que no hubo dolo. ¿El presidente cayó por accidente dentro de una fiesta, se quedó hasta que finalice y cantó el feliz cumpleaños? Porque aquí no juega la negligencia ni la imprudencia: no se podía y punto. No hay media fiesta que pasa desapercibida ni el Presi puede decir “pucha, pensé que era una reunión de gabinete y como hasta ahora no tuve ninguna, no me dí cuenta que no eran mis ministros”.

Alberto luego movió a Dalbón de su defensa pero el mensaje ya había sido dado: “Ojo que tengo una carpeta”. De más está decir que nadie pegó un tubazo al Colegio de Abogados para preguntar qué medida pensaban tomar con el señor Dalbón y sus declaraciones. Si pintaba una nota, se habría llenado con varias líneas de amimepareceque.

Todo es relativo. Como la pobreza, que es relativa. Como los números en general, que son relativos aunque sean absolutos y tengan la puta manía de no saber mentir. ¿En los primeros dos meses de cuarentena se llevaron en cana a 93.177 personas, iniciaron causas a otras 10.206.413 y secuestraron 4.632 vehículos? Y…es relativo, verá. Muchos de esos vehículos fueron secuestrados por el Gobierno de la Ciudad, entonces los descontamos de la cuenta de Fernández y la hipocresía se comparte un poco, ¿vio?

Otro relativista de la hostia es el fiscal federal Ramiro González. El hombre labura en Comodoro Py, por lo cual ya debería haberse sacado la causa de encima y enviado a San Isidro por una cuestión de competencia territorial. Pero la competencia territorial ahora también es relativa. Total, en el interior todos le dicen “Buenos Aires” a la ciudad y su conurbano. Resultó interesante que el fiscal pidiera, antes de imputar a Alberto, un informe con los protocolos sanitarios de la fiesta.

Y ahí vamos de vuelta: en las redacciones piden ración extra de sanguchitos de miga porque esto dará para largo, Intratables realiza una encuesta, Majul llama al colegio de veterinarios para saber cómo podría afectar este suceso a Dylan, C5N organiza un teletón de tres días conducido por el Gato Sylvestre para explicar por qué Alberto nos hizo un favor y Crónica anuncia los ganadores del sorteo nocturno de la Lotería.

Y el 205 del CP, mientras pide la eutanasia, susurra “qué protocolos, hijos de puta, si el decreto al que me ataron prohibió las reuniones”.

Pobre 205. No sabe que él también es relativo, tan relativo como quién tiene la culpa de las muertes un año después del inicio de la vacunación a nivel mundial.

Tan relativo como qué hacemos con las noticias. Porque en esta, querido lector, estimado colega o quién corno esté paseando los ojos por estas líneas, los medios se llevan hasta la bandeja de la torta.

No sé si es miedo a hacer el ridículo o necesidad de estirar con saraza. Repito: no hace falta ser abogado para comprender que lo que pasó en Olivos con el cumpleaños de Fabiola es un delito por el cual todos los presentes tuvieron la suerte con la cual no corrieron ninguno de los argentinos que cumplieron con las reglas, ni mucho menos los que fueron en cana.

Tan claro estaba el asunto que el propio Presidente se enteró de que el fiscal iba a imputarlo por el mismo acto por el que no imputó a Facundo Moyano, y decidió presentarse espontáneamente en el Juzgado Federal 7. Mediante un texto le solicitó a Casanello que lo sobresea en la causa a cambio de una donación del 50% de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán.

“Profesor de Teoría del Delito” suena a que, medianamente, sabés de derecho penal. Puede que no tengas la obligación de saber de procedimientos penales, pero es raro. O sea: si pedís el sobreseimiento es porque no tenés nada que ver. No ofrecés nada a cambio. Si ofrecés algo a cambio es porque querés arreglar una sentencia. Pero eso no lo determina el imputado ni mucho menos alguien que todavía no fue imputado. Eso lo determinan las leyes, no el pedido del Presidente.

Pero en el país relativo explotó todo. Cadenas de mails, grupos de autoayuda periodística, velas encendidas al dios del Amimeparecequeísmo, megacongresos editoriales por Zoom de urgencia para tratar de llegar a un resultado concluyente que permita determinar si Alberto Fernández puede o no puede hacer lo que hizo ante la Justicia. Sí y no, pero no por lo relativo. Sí, podía presentarse por sus propios medios. De hecho, luego de escuchar a su abogado, yo también le aconsejaría que se presente solo. No, no puede ejercer como abogado porque su matrícula está suspendida por ser Presidente de la Nación. Sí, puede presentarse por derecho propio como cualquier ciudadano. No, no puede ofrecer la pelotudez que ofreció.

Pero todo es relativo, verá, y tengo ejemplos históricos de cómo las leyes son incumplidas gracias al relativismo extreme edition de mis queridos colegas.

En mayo de 2017, a los gritos, una colega daba la noticia de que un muchacho llamado Alejandro Radetic había sido liberado tras pagar una fianza de 100 mil pesos. Según la colega, devota del amimeparecequeísmo, este acto demostró que “el que tiene plata hace lo que quiere”.

No fue la única, dado que casi todos los medios afirmaron que a Radetic le podían corresponder siete años de prisión. Pequeño detalle: nadie dijo “hasta siete años”. Se lo acusó de conducción imprudente y daño agravado en concurso real (o sea, que sus penas se sumarían). También podrían haber dicho que tenía una pena mínima de nueve meses y que el hecho era excarcelable aunque a la colega le moleste que tenga plata.

Creo que el grito de mi colega debería haber existido de todos modos, pero por otro pequeñín dato: ¿Cuál fue la justificación para dejarlo tres días privado de su libertad por un delito menor? ¿Amimepareceque?

Como la memoria me falla fui a buscar mi libro y recordé que aquel día de mayo de 2018 decidí compartir mi inquietud con el mundo tuitero. Grave error. Muchos de los que me contestaron podrían haberse ahorrado el laburo, pero se esforzaron en no plantearse ninguna duda sino en llevar adelante la imposición del deseo por sobre la ley.

“Podría haber matado a alguien”, fue uno de los planteos. Y sí, por algo se lo procesó por conducción peligrosa. Pero la insistencia hizo llegar al punto de que pareciera que se le tenía que aplicar la misma pena que a un hombre que quiso matar a alguien y no pudo por motivos ajenos a su voluntad.

De hecho, otro usuario me incriminó por “ignorante” al desconocer que existe la figura de “homicidio en tentativa”. Me tomé el trabajo de explicarle con la ley y la doctrina en la mano (que para que haya tentativa de homicidio tiene que haber una acción exteriorizada que se ve truncada por causas ajenas a la voluntad del homicida, saraza, etcétera) tras lo cual recibí como respuesta una nueva pregunta: “¿Para ser así tenés que ser periodista, no?” Le contesté con mis antecedentes. Me bloqueó.

Otro sujeto, un periodista que además es licenciado en Economía, decidió encarar la charla con un amigable “a Zaffaroni le gusta tu comentario” para luego recordar el caso Sebastián Cabello. Le dije que no es lo mismo un siniestro con dos muertos que cero siniestros con cero muertos. ¿Su respuesta? “Sos un soberbio”.

Pero ya que el hombre mencionó a Sebastián Cabello, me viene como anillo al dedo para el pináculo de la relativización amimeparequeísta argentina: qué carajo esperamos de la Justicia.

Cabello protagonizó un choque en 1999 a bordo de su Honda Civic tuneado mientras circulaba a, por lo menos, 137 kilómetros por hora –podría ser mucho más– por la Avenida Cantilo en una competencia improvisada e ilegal. Se llevó puesto un Renault 6 que se incendió inmediatamente y murieron carbonizadas una mujer de 38 años y su hija de 3. Fue condenado a doce años por doble homicidio simple con dolo eventual. Más tarde, Casación quitó el dolo eventual, recalificó como doble homicidio culposo y, consecuentemente, la pena se redujo a tres años. Hasta ahí, algo conocido por todos los que tenemos de 35 para arriba.

Pero el tema que aún hoy me sorprende es el de la inhabilitación para conducir. Casación dijo que le correspondía una inhabilitación de diez años, mucho más del doble de la pena que se le impuso. En 2010, con diez años y diez meses de ocurrido el siniestro, Cabello tramitó el permiso de conducir en Malvinas Argentinas. Como no tenía ningún impedimento, se lo dieron. No hubo reuniones en las redacciones, ni tirada de cartas en una ronda de editores, ni consultas a las borras del café, ni encuestas, runas ni nada por el estilo: los medios pusieron el grito en el cielo. Al día siguiente, el municipio de Malvinas anuló el permiso de conducir. Cabello fue a la Justicia y consiguió un certificado de pena de inhabilitación cumplida. La provincia de Buenos Aires le negó nuevamente el registro en 2013.

Los medios comenzaron a hablar de la impunidad de los asesinos al volante. Programas especiales y documentales intentaron demostrar que la Argentina era el mundo del revés. Y en parte lo era. Lo es. El entonces ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, hizo declaraciones de prensa en las que aseguró que iba a intentar que nunca se le otorgue el permiso de conducir a Cabello. Porque qué esperamos del sistema penal también es relativo.

Nadie, ningún colega periodista, absolutamente nadie se detuvo un momento a preguntar por qué. ¿O acaso no había cumplido con la sentencia? La ley es pareja para todos, aunque nos duela el hecho ocurrido. Desconozco si al día de hoy Cabello tiene registro, aunque no me extrañaría que siga en una virtual cadena perpetua por presión mediática. Cabello tenía 19 años. Hoy tiene 41. Pero solo mencionar su apellido dispara horas de chamuyo televisivo.

¿Cómo es que del Presi pasamos a Cabello? Porque pocas cosas son tan poco relativas como que la ley en la Argentina es pareja para todos; y pocas cosas en la Argentina son tan, pero tan relativas como que hay algunos que son más parejos que otros. Apuesto todo lo que tengo a que, si en el próximo censo preguntamos qué esperamos que ocurra con los presos, la mayoría de los argentinos dirá “que no salgan nunca más”.

No digo que esté mal, qué sé yo. Vox Populi, Vox Dei. Pero al menos podríamos blanquear y, directamente, modificar la Constitución para dejar de luchar con la posibilidad eventual de resociabilizar a quien delinquió. Al menos intentarlo, no sé, con cárceles que estén a la altura y no sea una universidad de la delincuencia. De paso, clausurar al Poder Judicial. Total, hace añares que fue reemplazado por los tribunales populares y los devotos del Amimeparecequeísmo.

Casi nada es tan relativo como la incoherencia dolosa de quienes tienen la responsabilidad de comunicar y que no tienen ningún problema en castigar al que ya cumplió y hacerse los boludos con el que tiene el Poder. Pero hacerse el boludo de forma disimulada, como quien mira para otro lado con cara de enojado. Cuestionar la fiesta mientras estábamos acuarentenados y no decir, abiertamente, “el presidente delinquió”. Y, como hay pruebas irrefutables, solo resta el formalismo de un proceso penal para poder llamarlo legalmente “delincuente”. Mientras tanto, el amimeparequeísmo prefiere centrarse en la indignación moral. Llamar a un boga para que explique que no se trata de moral sino del Código Penal es difícil.

Pero bueno, los formalismos también son relativos. Tan relativos que, si llegamos a aplicar la ley parejita para todos, en las PASO nos quedamos sin ningún candidato para poder votar.

Después de todo, el único que cumplió la cuarentena fuiste vos.

Y eso también es relativo.

© Relato del Presente

0 comments :

Publicar un comentario