viernes, 25 de julio de 2014

Más presión impositiva sobre los salarios

Por J. Valeriano Colque (*)

Este año, la presión impositiva del Impuesto a las Ganancias sobre los sueldos de quienes trabajan en relación de dependencia llegará a un nivel récord, ya que, frente a una inflación 10 puntos por encima de 2013, el Gobierno nacional no actualizó hasta ahora los parámetros que marcan cuánto tendrá que pagar el sector asalariado.

La presión impositiva entre 1998 y 2014 de este impuesto, según el cual un asalariado soltero con una remuneración bruta de 35 mil pesos dejará 20,9 % de su sueldo, mientras aquel que gana 30 mil pesos recibirá una presión impositiva de 18,6 %. Ambos casos son 5,7 puntos porcentuales más que en 2013.

Si el asalariado soltero tiene un sueldo bruto de 20 mil pesos, la presión tributaria por Ganancias representará 9,5 %, en tanto quien gana en bruto 16 mil pesos dejará en este impuesto 5,9 % de su remuneración. El año pasado, ambos no habían sido alcanzados por este gravamen.

En el caso de un asalariado casado con dos hijos, la presión impositiva es levemente menor. Para el que tiene ingresos brutos por 35 mil pesos, perderá 18,3 % de su sueldo, mientras que el que gana 30 mil pesos dejará 15,5 %. Esto implicará que la incidencia de este impuesto aumentó 6,8 puntos porcentuales en el primer caso y 9,5 puntos en el segundo. De la misma manera, el trabajador con familia tipo y sueldo bruto de 20 mil pesos abonará 4,9 % de su remuneración, en tanto que el que gana 16 mil pesos dejará 1,4 %. Ambos no fueron alcanzados por el impuesto el año pasado. En todos los casos, se trata de niveles récord desde 1998 hasta la actualidad. Para los asalariados con sueldo bruto de 35 y 30 mil pesos la presión tributaria aplicada al inicio era de 3,5 a 1,5 %, según sea soltero o casado con dos hijos.

Resulta claro que el aumento en la presión impositiva del Impuesto a las Ganancias sobre salarios medios y altos es una de las causas, junto a la inflación, de los menores niveles de consumo de bienes durables y no durables que se observan durante el presente año.

Asimismo, el análisis relaciona el pago con la cantidad de días que trabaja el asalariado para pagar el Impuesto a las Ganancias, otra forma de medir la presión impositiva.

El trabajador en relación de dependencia soltero que gana 35 mil o 30 mil pesos deberá trabajar este año 63 o 58 días, respectivamente. En tanto, los que tienen sueldo bruto de 20 mil o 16 mil pesos trabajarán 32 o 21 días, respectivamente.

En el caso del trabajador casado con dos hijos con salarios brutos de 35 mil o 30 mil pesos trabajará 57 y 50 días, respectivamente. Por su parte, para sueldos de 20 mil o 16 mil pesos habrá que trabajar 18 o 5 días, respectivamente.

El estudio se realizó suponiendo que los ingresos mantuvieron su poder adquisitivo constante entre 1998 y 2014, para lo cual se actualizaron con los índices inflacionarios oficiales y privados.

Ganancias: es necesario actualizar la escala

Todas las modificaciones que el Gobierno nacional, en forma discrecional, realizó sobre los parámetros del Impuesto a las Ganancias de trabajadores, jubilados y autónomos estuvieron centradas en subir los mínimos para empezar a tributar. Sin embargo, después de más de 12 años sin cambios en una economía inflacionaria, hoy se vuelve más trascendental actualizar la escala de alícuotas del gravamen.

El Impuesto a las Ganancias es un tributo pensado y estructurado para ser progresivo (pagan proporcionalmente más quienes más ganan). Para esto, además de dejar fuera de la tributación a los trabajadores de menores ingresos (a través del llamado vulgarmente mínimo no imponible, aunque este no es un monto único para todos), se fijó una tabla de alícuotas escalonada que sube a medida que aumenta el ingreso alcanzado por el impuesto.

La escala empieza en el 9 % de la base imponible (luego de restar las deducciones permitidas por ley a los ingresos totales) y llega hasta un máximo del 35 %.

Cuando se fijó esa tabla, en diciembre de 2000, sólo estaban alcanzados por la alícuota máxima quienes tenían ingresos sumamente altos. Pero hoy, al no actualizarse el 35 %, se aplica a casi todos los trabajadores que pagan Ganancias.

Para ser más claros: la alícuota del 9 % se aplica por los primeros 10 mil pesos anuales (833 pesos por mes) del sueldo sujeto al impuesto. Por los segundos 10 mil anuales, es el 14 %; sobre los terceros 10 mil, el 21 %, y así. El 35 % se aplica sobre montos superiores a 120 mil pesos anuales. O sea, cuando la ganancia imponible supera los 10 mil pesos por mes ya se está en el techo.

En 2001, los salarios promedio eran de 700 pesos por mes y hoy superan los 7 milpesos; además, los 10 mil pesos eran 10 mil dólares y pocos llegaban a este monto. Hoy son menos de mil dólares y hay más gente incluida.

Para volver a la tabla de alícuotas de 2001, la escala debiera multiplicarse por 10. Aunque no se subiera el mínimo no imponible, el alivio entre los trabajadores de ingresos medios sería inmediato y significativo.

Década perdida para jubilados y trabajadores

Desde hace décadas, en la Argentina, tanto trabajadores como jubilados venimos siendo el blanco principal de muchas políticas de ajuste (neoliberales) aplicadas por los gobiernos de turno.

Estas políticas afectan nuestra economía familiar, nuestra capacidad adquisitiva y nuestros derechos constitucionales. Como ejemplo, citamos:

La inflación. Es un verdadero agujero negro en la economía familiar de los argentinos. Ya alcanzó los dos dígitos ¬anuales y sigue subiendo. La consecuencia es que se incrementan el costo de la canasta básica de alimentos, las cuotas de las obras sociales, la ropa, los combustibles, el transporte, etcétera.

Tampoco el Gobierno nacional implementa medidas que tiendan a bajarla, pese al grave daño que esto le provoca al conjunto de los ciudadanos. En 2014, la inflación anual rondaría el 35 %.

Impuesto a las Ganancias. En 2000 y 2001, tributaba Ganancias el activo o pasivo con ingresos mensuales de 10 mil dólares (regía la convertibi¬lidad). En 2014, tributan Ga¬nancias los activos o pasivos con ingresos mensuales su¬periores a 15 mil pesos (unos 1.500 dólares).

Si tuviéramos que actualizar dichos valores–teniendo en cuenta que han pasado 14 años, que vivíamos bajo el régimen de la convertibilidad, que luego se devaluó la moneda y que tenemos una inflación del 35 % anual– con base en la escala de 2000 y 2001, hoy sólo tributarían Ganancias los activos o pasivos con ingresos mensuales superiores a 81.600 pesos anuales. Hay diferencia, ¿no?

Se les hace tributar Ganancias a los trabajadores y jubilados, mientras que la renta financiera que sí ha tenido ganancias multimillonarias no lo hace. Esa injusticia se resume en el siguiente pensamiento: un trabajador bancario sí paga Ganancias; el Banco, no.

Paritarias. El fin principal que se busca a través de las paritarias radica en lograr una mejora o recomposición sustancial en el poder adquisitivo de los trabajadores y jubilados, ante la devaluación de la moneda nacional y la elevada inflación.

Ante la falta de actualización en las escalas del Impuesto a las Ganancias, el Estado termina llevándose buena parte de lo conseguido en paritarias, y no el activo o pasivo. Una verdadera injusticia por donde se lo mire.

Vivienda. Si bien se puso en vigencia el Plan Procrear, el derecho a la vivienda que garantizan la Constitución Nacional y las provinciales es una materia pendiente de los gobiernos respectivos.

En la actualidad, la mayoría de los trabajadores y muchos jubilados son los que integran la denominada “fábrica de inquilinos”. Es necesario que se implementen programas de planes de viviendas, con cuotas accesibles y con préstamos de sumas de dinero acordes con los valores de mercado de los inmuebles.

Jubilación. Sin dudas, el tema jubilatorio es importantísimo. A nivel nacional, si bien existen “actualizaciones” anuales de la jubilación, sus montos promedios son muy bajos.

¿Acaso nuestros gobernantes no entienden que la jubilación es la etapa post laboral? Una etapa que debería ser de plena tranquilidad para la persona; una etapa en la que se vean ¬mejoras y no perjuicios económicos. ¿No saben los políticos que estamos en un país con ¬inflación?

Derecho a huelga. En estos últimos tiempos, se han oído algunas propuestas de políticos que manifiestan la voluntad de reglamentar el derecho a huelga. El derecho a huelga es de raigambre constitucional y está contenido en el marco legal de la vida democrática. ¿Será, ¬acaso, que bajo ese título se quieren disminuir o erradicar los crecientes reclamos, movilizaciones o marchas que se realizan en contra de muchas políticas de ajuste?

Sin dudas, estamos ante una década perdida para los trabajadores y jubilados, y vemos que, como en el pasado, siguen siendo la variable de ajuste de los gobiernos.

Quizá ya ha llegado la hora de trabajar en la puesta en marcha de medidas y acciones, que tiendan a revertir esta situación tan perjudicial y agobiante para jubilados y trabajadores.

(*) Economista

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