lunes, 12 de mayo de 2014

FOPEA repudia aplicación Ley Antiterrorista contra el periodismo

Un fiscal federal de Santiago del Estero pretende que se aplique esa norma contra el periodista Juan Pablo Suárez, editor del sitio web Última Hora.

Nacionales y Santiago del EsteroUn fiscal federal de Santiago del Estero acusó al periodista Juan Pablo Suárez por “incitación a la violencia colectiva agravado por la Finalidad de Aterrorizar a la Población” en un claro intento de amordazar la libertad de expresión. La norma es inaplicable para el periodismo por lo que FOPEA repudió la aplicación de la misma porque se usa “contra derechos humanos fundamentales, como el de expresarse a través de los medios”. Comunicado.

Por pretender la aplicación de una norma “contra derechos humanos fundamentales, como el de expresarse a través de los medios”, el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) dio a conocer un comunicado repudiando la aplicación de la Ley Antiterrorista contra el periodista santiagueño Juan Pablo Suárez, editor de la página web Última Hora, pedida por el fiscal federal Pedro Simón.

FOPEA expresa que “el ejercicio de la libertad de expresión es un derecho humano garantizado constitucionalmente de manera preferente, lo cual no puede dejar de ser contemplado por los fiscales como por los jueces”.

El texto completo del documento de FOPEA, es el siguiente:

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) reitera su rechazo a la aplicación de la Ley Antiterrorista como limitante de los derechos de libertad de expresión y condicionante del ejercicio del periodismo.

Este pronunciamiento se motiva en el marco de la imputación realizada contra el editor de la página web Última Hora, Juan Pablo Suárez, en la Justicia Federal de Santiago del Estero.

La acusación elevada al Juez Federal por el fiscal federal Pedro Simón, es por “Incitación a la violencia colectiva (art. 212, C.P.), agravado por la Finalidad de Aterrorizar a la Población (art. 41 quinquies C.P.)”, aspecto contemplado en la norma que repudiamos. La Ley no debe ser usada en contra de derechos humanos fundamentales, como el de expresarse a través de los medios de comunicación, ni para silenciar voces y opiniones.

Además, más allá de no compartir la llamada Ley 26.734 Antiterrorismo (B.O. 28.12.2011), en su esencia, no puede dejarse de señalar que, en dicho art. 41 quinquies se dice también, en su última parte que, “Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieran lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional”. Y el ejercicio de la libertad de expresión es un derecho humano garantizado constitucionalmente de manera preferente, lo cual no puede dejar de ser contemplado por los fiscales como por los jueces.

Consideramos que esta causa judicial es un caso testigo de la aplicación de la legislación penal a una tarea periodística y por eso su peligrosidad. La posición contraria a la Ley Antiterrorista en este aspecto viene siendo sostenida por FOPEA desde diciembre de 2011 y consideramos nuevamente que debe ser derogada en aquellos aspectos a los que hacemos referencia.


En los últimos tiempos, se ha registrado un incremento de acciones judiciales en todo el país, que terminan afectando a la profesión periodística e incrementando los silencios y ausencias informativas. El uso indebido de las normas se transforma así en una mordaza a la profesión, inaceptable a más de 30 años del regreso de la democracia.

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