Federico Andrés Machado
(Foto/NA)
Judiciales - La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la extradición de Federico
Andrés Machado a los Estados Unidos para ser juzgado por delitos vinculados con una causa penal en ese país, al rechazar el recurso ordinario interpuesto por su defensa y ratificar la sentencia del Juzgado Federal
N.º 2 de Neuquén.
El máximo tribunal, con las firmas digitales de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que el fallo de primera instancia que había declarado procedente la extradición debía quedar firme para los cargos identificados como uno, dos, tres, cuatro y siete de la “Quinta Acusación de Reemplazo” del 5 de mayo de 2021.
La causa se inició a raíz de la solicitud de extradición presentada por autoridades estadounidenses, que buscan someter a Machado a juicio en el Distrito Este de Texas, donde un Gran Jurado Federal dictó un auto de procesamiento contra él y otras ocho personas.
El expediente detalla que sobre Machado pesan cinco cargos principales. En el primero se lo acusa de integrar una organización criminal dedicada a la posesión, con intención de distribuir, de al menos cinco kilogramos de cocaína. El segundo y tercer cargo amplían la imputación a la fabricación y distribución de la misma cantidad de droga, con la presunción de que sería importada ilegalmente a Estados Unidos, y lo señalan también como cómplice en la comisión de estos delitos. El cuarto cargo lo vincula a una asociación ilícita para cometer lavado de dinero, mientras que el séptimo lo implica en una conspiración para perpetrar fraude electrónico.
La decisión final sobre la extradición recae en el Poder Ejecutivo, conforme a la legislación vigente. Ahora, tras la firma del fallo, la Corte Suprema debe enviar el expediente completo a la Cancillería, para que el Ejecutivo resuelva en un plazo de diez días hábiles si concede o no la medida. La normativa permite al Ejecutivo rechazar el pedido por “especiales razones de soberanía nacional, seguridad u orden público” u “otros intereses esenciales para la Argentina, que tornen inconveniente el acogimiento del pedido”.
Argumentos de la defensa desestimados
La defensa del empresario, representada por los abogados Roberto Rallin y Norberto Francisco Oneto, había alegado violación del principio de igualdad de armas, recusación del juez y la inconstitucionalidad del artículo 30 de la Ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal, argumentos que fueron desestimados por la Corte.
Asimismo, el tribunal ordenó que el juez de origen informe a la autoridad extranjera el tiempo en que Machado estuvo privado de libertad en el marco del proceso de extradición, a fin de que se compute en su eventual detención en los Estados Unidos.
Informe: NA, Infobae, agencias y Agensur.info
0 comments :
Publicar un comentario