jueves, 4 de junio de 2015

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

[Herramienta esencial para la defensa 
de todos los demás Derechos Humanos]

Por Martín Risso Patrón
«Abstenerse de utilizar el poder público para castigar o premiar a medios y comunicadores»
[Señalamiento al Poder administrador del Estado, inserto en el Informe Anual 2014 de la Comisión Interamericana de DD.HH.].

La Libertad de expresión

De los derechos que tiene la Persona en este trabajo de vivir en una sociedad organizada, la Libertad es posiblemente el más sagrado.

Al firmar ese contrato social que es una Constitución, y decidiendo que ésta sea democrática, en el marco de una República, la paisanada determina cobijarse bajo un manto de protección de sus derechos; todos sus derechos, desde los individuales, los colectivos, los sociales, incluso aquellos presuntivos que figuran en las garantías de ese contrato social, y hasta los difusos que no pertenecen a nadie, y pertenecen a la vez a todos, como es la misma vida en Democracia, el Ambiente y la Paz social.

La Libertad dice presente en todo enunciado de Derechos. Ahora, cuando se escarba un poquito en ese concepto, encontramos que, además se deben contemplar las responsabilidades que conlleva ser y sentirse Libres.

Pero la Libertad se expresa en diversos aspectos de la vida personal y social. Y emergen las leyes que regulan, entiéndase bien aquí, que regulan no la Libertad, sino la garantía de ese derecho por parte de la Sociedad, y de quienes accidentalmente tienen un Poder delegado por el paisanaje para administrarla República en todas sus escalas: Nacional, provincial y municipal.

Uno de esos aspectos, el más vital, es el derecho a Pensar en y con Libertad, y poder expresar el Pensamiento. Incluso las leyes escritas jamás podrán intentar cercar el Pensamiento.

Cuando el Gobierno administrador de la cosa pública, que incluye la grave responsabilidad de administrar la hacienda popular, los dineros del país, no administra, o administra sesgadamente ese patrimonio, entonces estamos ante un agravio al mismo Pueblo. Tal el caso que sucede cuando el accidental ocupante del sillón del Gobierno administrador, intenta derrotar la Libertad de Pensamiento en su contundencia que es la Libre expresión de las ideas.

Si la Constitución, toda Constitución, establecen que habrá obligación del Ejecutivo de hacer públicos sus actos de gobierno, por ser precisamente republicano, entonces, todo aquel paisano que se dedique a la profesión de divulgador público de ideas, opiniones, críticas, publicidades, entretenimientos y demás cosas que hacen a la comunicación, hoy felizmente dotada de alta tecnología, será destinatario, de acuerdo a normas expresas, de un pago para difundir los actos de gobierno. Eso, en la jerga común de los comunicadores sociales, se llama pauta publicitaria, o la pauta, nomás.

Cuando la pauta es un látigo

Claramente lo indican sucesivos fallos a favor de la Libertad de expresión, entiéndase bien,la Libertad de Expresión, en el expediente del caso Juan Guillermo Gonza, en Salta. En los considerandos de los fallos, incluso de la Corte de Justicia salteña, el definitivo, se sostiene tal Derecho Humano en toda su magnificencia. No solamente eso: Se determina que el poder administrador de turno utiliza la pauta como un látigo de castigar un medio periodístico que contiene diferentes expresiones críticas de la realidad, entre las cuales las hay aquellas que ponen en evidencia fallas, ausencias, mentiras, ladronzuelos oportunistas, manipuladores del paisanaje, etcétera, y las hace públicas, definitivamente, porque esas son, precisamente, también acciones de gobierno republicano. Entonces, se quita la pauta, ahogando la garganta, atando las manos y pretendiendo aniquilar por la fuerza de un Poder mal utilizado, a aquellos que no viven a la sombra del Poder, y legítimamente deben cobrar sus pautas porque, precisamente, están legitimados por el Pueblo; a ver si se entiende: Cuando más voluminosa es la pauta, es porque más llegada tiene el medio que la percibe, más prestigio tiene, más trabajo honesto; entonces, ahí golpea el Gobierno de turno circunstancial ocupante del Poder republicano. Azota al que quiere, porque puede, y tiene lo que hay que tener para ser la voz del Pueblo. El gobierno no cumple su obligación, a pesar, y esto es una patética contradicción, de deber pagar a quién tiene más posibilidades de difundir sus noticias por ser prestigioso, pues considera que no debe expresar lo otro, lo que le molesta, lo que no le conviene, lo que, en fin, le duele. Y se olvida que la publicidad de sus actos sanos llega más, cuando le medio es más prestigioso.

Así expresa su denuncia internacional la CIDH en su documento Anual 2014: “[...] prevenir la posibilidad de que las facultades estatales sean utilizadas para premiar o castigar a los medios según su línea editorial [...] y fomentar el pluralismo y la diversidad en el debate público [...]. Enumera además un decálogo de las conductas atroces que los gobiernos pueden acometer para callar la Libertad de Expresión, entre los que cuenta la “Censura indirecta”, que se concreta en la quita de la pauta oficial.

Cuando la Libertad es un blasón y no un premio

La CIDH en su informe, establece como instrumentos de legítima defensa de la Libertad de Expresión, las medidas cautelares, a las que niega carácter de prejuzgadoras sobre el fondo de la cuestión de que se trate. Pero no queda allí.

La CIDH protege la Libertad de Expresión en los hechos y no con meros discursos: Denuncia públicamente los hechos que atentan contra medios libres de prensa, esto es, no sujetos a ni ideológica ni fácticamente a controles que determinen su línea editorial. Entre esos hechos, en el ítem Publicidad Oficial, manifiesta “...la inclusión del Amparo de NUEVA PROPUESTA Y VIAJE DE PESCA”, de la provincia Salta, República Argentina, como argumento para sostener el combate a la censura por otros medios.

Por si eso fuera poco el informe 2014 de la CIDH destaca [un vez más] “...la importancia de la Libertad de Expresión, en sí misma y en cuanto herramienta esencial para la defensa de todos los demás derechos [...]”. Qué más que esto, paisanos, para sentirse, al menos protegidos en la Libertad.

A la luz de nuestra Historia

Así lo afirma mi trabajo titulado Belgrano y la Educación: “Belgrano amó la prensa, como instrumento para dar a conocer las ideas, y la consideraba valiosa herramienta para divulgar la cultura sin ningún tipo de censura o limitación, por lo que de inmediato hallamos que la une indisolublemente en su sistema de ideas, a la prensa, con el principio de Libertad. Publica al respecto en el “Correo de Comercio” del 11 de agosto de 1810 el artículo ’’La libertad de la prensa es la principal base de la ilustración pública”. Al año siguiente, el 8 de noviembre, el Cabildo de Buenos Aires lo designa elector nato para la Junta Protectora de la Libertad de Imprenta.”

También, y con esto deseo cerrar mi despacho, cito las palabras escritas de Mariano Moreno, en el famoso Decreto de supresión de Honores, con el que le bajara las ínfulas a Saavedra, presidente del a Junta patriota de 1810 volcadas en la Orden del 28 de mayo, de instalación del gobierno provisorio, y en su calidad de Secretario: “[...] La libertad de los pueblos no consiste en palabras, ni debe existir en los papeles solamente. Cualquier déspota puede obligar a sus esclavos a que canten himnos a la libertad; y este cántico maquinal es muy compatible con las cadenas y opresión de los que lo entonan. Si deseamos que los pueblos sean libres, observemos religiosamente el sagrado dogma de la igualdad [...].”

Qué más, Doña Clota y mis queridos paisanos: Un gran abrazo a los Periodistas Libres de nuestra amada aldea y del país todo en el día que debiera llamarse para mayor contundencia: Día de la Libertad de Prensa.

Edición impresa en Semanario Nueva Propuesta

Edición digital: www.agensur.info

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