martes, 4 de octubre de 2016

D’Elía va a juicio oral por discriminación

El piquetero kirchnerista está acusado de difundir “ideas cuyo contenido podría alentar o incitar al odio o persecución 
de la comunidad judía”.

Judiciales - El juez Luis Rodríguez, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 9, decretó la clausura de la instrucción y dispuso la elevación a juicio de una causa contra Luis D’Elía en la que fuera procesado como autor del delito de incitación a la discriminación.

Según la resolución, se le imputa a D’Elía el “haber difundido por medios masivos de comunicación – el día 21 de junio de 2011 en el programa radial ‘Siete Punto Cero’ en Radio Cooperativa AM 770, en el horario comprendido entre las 07.00 y 09.00 horas; y por twitter el día 5 de julio de 2011- ideas cuyo contenido podría alentar y/o incitar al odio o persecución de la comunidad judía en nuestro país; toda vez que los identificó por sus apellidos y se refirió a todos los que profesan esa religión con el término paisano”.

El magistrado consideró que la utilización de ese término crearía el riesgo de que “se lesione el consenso en la comunidad – parte de la cual se encuentra conformada por sus oyentes y seguidores de twitter - respecto de las personas judías y se los equipare a ‘parricidas’, ‘vendedores de armas’, ‘colaboradores del terrorismo de estado’, ‘miembros de servicios de inteligencia que forman parte de una operación tendiente a desprestigiar uno de los organismos más importantes de derechos humanos en nuestro país –Madres de Plaza de Mayo-‘, pudiendo con ello generar sentimientos que alientan la discriminación (odio o persecución) y atentan la convivencia pacífica en la población. Todo ello dentro de un contexto social de proceso de elecciones políticas en las que el imputado representaba a un sector social importante y con pretensiones de ser candidato”.

Según el sumario "todo ello" se produjo "dentro de un contexto social de proceso de elecciones políticas en las que el imputado representaba a un sector social importante y con pretensiones de ser candidato".

D'Elía sostuvo, en cambio, que utilizó el término "paisano" en "forma afectiva". El artículo 3 de la ley 23.592 prevé hasta tres años de prisión para quien realice propaganda con el objeto de justificar o promover la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.

Informe: CIJ, Télam y Agensur.info

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