martes, 3 de septiembre de 2013

Es 'falso' lo que dijo Cristina Kirchner sobre los vuelos de cabotaje en la Argentina y en Chile

Los dichos de Cristina Kirchner sobre
los vuelos de cabotaje son "falsos".
NacionalesContrariamente a lo afirmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en el sentido de que en la Argentina se permiten los vuelos de cabotaje a empresas extranjeras y no en otros países como Chile, el sitio Chequeado.com aseguró que tal aseveración presidencial es falsa. En efecto, el Código Aeronáutico argentino, aprobado en 1967 por la Ley 17.285, no permite vuelos de cabotaje a empresas extranjeras. En cambio, en Chile si están permitidas estas tareas.

En medio del conflicto con la empresa LAN por el desalojo de un hangar en  Aeroparque, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner hizo referencia, en la inauguración de la planta de ANCAP en Montevideo, a la situación de las empresas aéreas en la Argentina. “Tenemos un país donde se permite también realizar tareas de cabotaje a empresas extranjeras, cosa que no nos es recíproca en otros países”, apuntó la Jefa de Estado.

La afirmación de la Presidenta no es correcta: la Argentina no permite que empresas de otro país realicen servicios de cabotaje en territorio nacional. En Chile, en cambio, sí se acepta que las líneas aéreas extranjeras operen en el mercado doméstico.

El Código Aeronáutico argentino, aprobado en 1967 por la Ley 17.285, establece en su artículo 97 que “las empresas extranjeras no podrán tomar pasajeros, carga o correspondencia en la República Argentina para su transporte a otro punto del país”.

Esta normativa, sin embargo, no se aplica en el caso de LAN Argentina porque la empresa “opera en el mercado doméstico como una empresa local”, aclaró Fernando Dozo, abogado especializado del Instituto Nacional de Derecho Aeronáutico y Espacial (INDAE), y ex presidente de Aerolíneas del Sur entre 2004 y 2008. Esto se explica a partir de la sanción del Decreto 1012/2006, que al incorporar al texto la Ley de Inversiones Extranjeras, estableció que una empresa local de capitales extranjeros debe ser considerada como una empresa nacional.

La llegada de LAN al país se remonta a 2005, cuando todavía no regía el decreto mencionado y el Código Aeronáutico exigía que para operar vuelos de cabotaje las empresas debían estar compuestas mayormente por capitales nacionales.

De acuerdo con un documento de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, ese año la empresa argentina Inversora Cordillera compró el 100% de las acciones de Aero 2000, una línea aérea local que contaba con la concesión de rutas de cabotaje, pero que no operaba al momento de la venta.

La sociedad Inversora Cordillera estaba conformada en 2005 por los abogados argentinos Jorge Pérez Alati y Manuel Benites (51% de las acciones) y LAN Pax Group (49%), una subsidiaria chilena de LAN Airlines. Esta empresa (Inversora Cordillera) fue la que convirtió Aero 2000 en LAN Argentina. 

En 2006, tras la sanción del Decreto 1012, la Secretaría de Transporte de la Nación otorgó a LAN Argentina la explotación de 26 rutas aéreas (ocho de cabotaje y 18 internacionales). Desde entonces, LAN incrementó su participación en el mercado local y actualmente vuela a 14 destinos en nuestro país, además de que LAN Pax Group se quedó con la mayoría accionaria (95%) de LAN Argentina (ver Balance 2012).

Chile y la reciprocidad

La otra referencia de Fernández de Kirchner fue hacia la política de otros países que no permiten que empresas extranjeras operen en vuelos de cabotaje. Este reclamo fue reiterado por el ministro del Interior y Transporte, Florencia Randazzo, y el viceministro de Economía, Axel Kicillof.

Chile, sin embargo, firmó en 2010, junto con otros países miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), un acuerdo multilateral de Cielos Abiertos. En uno de sus puntos, establece que los países deben otorgar al resto de las naciones firmantes “el derecho de prestar servicios regulares y no regulares de transporte aéreo, combinados de pasajeros y carga, o exclusivos de carga, entre puntos del territorio de la Parte que ha concedido el derecho de cabotaje”. La Argentina no adhirió a este acuerdo.

Además, la Junta de Aviación Civil (JAC) de Chile acordó en 2011 “reafirmar la política aerocomercial en relación al cabotaje, que permite a una empresa extranjera el libre acceso sin reciprocidad; declarar que no se considerará la reciprocidad para determinar el eventual término, suspensión o limitación de los servicios de cabotaje que preste una empresa extranjera; y otorgar todas las facilidades a las empresas extranjeras que soliciten realizar cabotaje en Chile, en igualdad de condiciones con las empresas nacionales”.

En la misma línea, el canciller chileno, Alfredo Moreno, destacó en una entrevista en Radio Cooperativa de su país que “el cabotaje en Chile es plenamente libre y cualquier empresa puede operar en cabotaje cumpliendo las normas de seguridad”.

Informe: Chequeado.com

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