Héctor Magnetto (der.), CEO de Clarín junto a uno de los abogados del grupo presentarán una apelación por el fallo del juez Horacio Alfonso. |
El Grupo Clarín afirmó que el fallo del juez Horacio Alfonso
que falló a favor de la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la Ley
de Medios “desconoce flagrantes violaciones a los derechos constitucionales de
libertad de expresión, igualdad ante la ley, legalidad, propiedad y libre
competencia”.
En un comunicado dado a conocer luego de la decisión del
magistrado, el grupo empresario aseguró que apelará la medida porque “ignora
contundentes elementos probatorios aportados a lo largo de más de 3000 fojas en
el expediente, entre ellos las pericias oficiales que respaldaron claramente la
posición del Grupo Clarín”.
El texto completo del
comunicado es el siguiente:
Hace instantes, y a
pesar de que el expediente aún no estaba en condiciones de dictar sentencia, el
Grupo Clarín fue notificado de que el juez Horacio Alfonso se pronunció a favor
de la constitucionalidad de los artículos impugnados de la ley de medios.
El Grupo Clarín
apelará de inmediato la decisión, que desconoce flagrantes violaciones a los
derechos constitucionales de libertad de expresión, igualdad ante la ley,
legalidad, propiedad y libre competencia.
El fallo además ignora
contundentes elementos probatorios aportados a lo largo de más de 3000 fojas en
el expediente, entre ellos las pericias oficiales que respaldaron claramente la
posición del Grupo Clarín.
Resulta llamativo, por
no decir materialmente imposible, que una causa de tanta complejidad haya sido
resuelta en pocas horas, sin siquiera respetar los plazos procesales, que
recién el martes próximo hubieran dejado al expediente en condiciones de dictar
sentencia. Con lo cual se ha violado además la garantía del debido proceso.
Cabe destacar asimismo
que el fallo conocido hoy no permite ningún avance del Gobierno sobre las
licencias del Grupo Clarín, ya que el levantamiento de la cautelar dictado por
Alfonso no resulta efectivo hasta que se pronuncie la Cámara Federal Civil y
Comercial. Con lo cual la medida cautelar dictada en el proceso sigue
plenamente vigente.
Informe: Agensur.info
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