Nacionales - El Gobierno oficializó el martes una profunda reforma de la Policía Federal Argentina (PFA), a través del Decreto 383/2025, con el objetivo de reorientar la fuerza exclusivamente a la investigación de delitos federales y complejos. La medida implica la derogación del decreto-ley de 1958. Sin embargo, especialistas en derecho constitucional y penal cuestionaron con dureza tanto el contenido del nuevo estatuto como el procedimiento utilizado para aprobarlo.
El nuevo marco legal establece una estructura organizativa centrada en dos grandes departamentos –Investigaciones y Coordinación–, un rediseño de protocolos y jerarquías, y mayores atribuciones en inteligencia criminal y actividades de ciberpatrullaje en el ámbito digital. La PFA dejará de intervenir en cuestiones de seguridad local en la ciudad de Buenos Aires y se centrará en delitos federales, en coordinación con el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal.
Pero mientras el Ejecutivo promueve la reforma como una modernización necesaria y eficiente, varios constitucionalistas encendieron las alarmas sobre su legalidad y sus posibles efectos sobre los derechos individuales.
Para Andrés Gil Domínguez, la norma es directamente inconstitucional. “El Decreto Delegado 383/2025 mediante el cual se aprueba el Estatuto de la Policía Federal es nulo de nulidad absoluta por desconocer las bases de delegación establecidas por la ley 27.742 [Ley Bases]”, aseguró el abogado constitucionalista. A su juicio, el Gobierno “está colegislando” y avanzando en un terreno vedado por la Constitución: “Mediante la sanción de dicha norma, el Congreso sólo habilitó la colegislación a efectos de reorganizar o reestructurar órganos de la administración central, pero bajo ningún punto de vista autorizó al PEN a dictar normas generales restrictivas de los derechos de las personas”, publicó.
Gil Domínguez fue más allá: “Pasar de un decreto/ley de una dictadura a un decreto delegado de esta naturaleza es toda una declaración de identidad autoritaria y antidemocrática del presente gobierno”. El experto advirtió sobre “perfilamientos en base a características personales” y “requisas sin orden judicial”, y señaló que la PFA podría convertirse en “una suerte de inteligencia aislada del sistema de inteligencia formal”. Y concluyó: “Esto es Venezuela”.
El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, también expresó reparos sobre el alcance del decreto. Aunque reconoció que se apoya en la Ley Bases, consideró que “es dudoso que esto sea una reorganización de dependencias administrativas, que es lo que permite la Ley Bases”, y que en realidad, “al amparo de este permiso, avanzan más allá”.
Gil Lavedra cuestionó especialmente la habilitación para actuar sobre medios digitales y la ampliación de facultades de detención. “Los puntos que me parecen complicados son: ¿qué significa la prevención en los medios digitales? Dice que se protegen la libertad de género y la libertad de expresión, pero están patrullando las redes”, señaló. También criticó la posibilidad de detenciones por averiguación de identidad: “Se parece a las viejas detenciones por antecedentes, cuando la persona está en actitud sospechosa. Es una habilitación para detenciones que pueden ser arbitrarias”.
Respecto de la función de “registrar y calificar a las personas” sospechadas de ciertas actividades, Gil Lavedra fue contundente: “¿Qué es esto? ¿Un registro de piqueteros? ¿De vendedores ambulantes? Me parece un paso atrás”. En resumen, definió la reforma como “una restricción en materia de derechos” y sostuvo que “se otorgan facultades a la policía muy opinables jurídicamente que restringen derechos indebidamente”.
El constitucionalista Daniel Sabsay coincidió con los cuestionamientos jurídicos, aunque evaluó positivamente el objetivo de reorganizar la PFA. “Lo primero que observé es que no se puede hacer por decreto, tiene que ser necesariamente por ley, porque es un tema absolutamente ligado a lo penal”, explicó. Según dijo, tanto las materias penales como fiscales “requieren, por nuestra Constitución, principio de legalidad”.
Sabsay celebró la idea de un rediseño de la fuerza: “Me parece muy bien este reordenamiento. Es cierto que la Policía de la Ciudad ya está cumpliendo lo que hacía como policía local la Policía Federal. También es interesante que se cree una suerte de FBI argentino”. No obstante, volvió a marcar un límite: “Siempre que eso no sea utilizado para espiar a los adversarios y meterse en sus redes. Aparentemente estarían dadas todas las seguridades de que no, pero estamos en Argentina, ¿no es cierto?”.
El abogado Alejandro Carrió planteó objeciones jurídicas al decreto al considerar que avanza sobre facultades que, según la Constitución, requieren una ley del Congreso. “Toda restricción a los derechos de las personas debe tener como fuente una ley del Congreso”, indicó. En ese marco, recordó que la detención por averiguación de antecedentes ya fue regulada por una norma específica −la ley 23.950− que reemplazó al viejo decreto-ley 333 de 1958. “La capacidad de retener a una persona por hasta diez horas está prevista en la ley vigente, pero con los medios tecnológicos actuales ese plazo resulta excesivo”, señaló.
Carrió también advirtió sobre el uso de expresiones poco precisas en el estatuto, como la posibilidad de que la policía registre y califique a personas según las actividades que realizan. “Es un lenguaje ambiguo, sin definiciones claras, y con una fuente normativa que no es la adecuada”, explicó.
En cuanto al monitoreo de espacios digitales, observó que el decreto no establece qué autoridad fijará las pautas de actuación ni cuáles serán los límites. “Eso genera incertidumbre sobre qué puede considerarse como información privada y quién lo determinará”, dijo. Según el jurista, la falta de precisión y de respaldo legislativo “podría dar lugar a un planteo de inconstitucionalidad”.
El Club de la Igualdad-UCR expresó preocupación por el nuevo Estatuto, ya que “sin necesidad de autorización judicial permite hacer tareas de inteligencia en espacios públicos digitales, como redes sociales, con fines persecutorios y contrarios a la letra y espíritu de la Constitución Nacional y del Código Penal”, planteó la institución en un comunicado.
“El gobierno de Milei, presuntamente en aras de una proclamada ‘libertad’ avanza antidemocráticamente y restringe cada vez más las libertades y garantías de un auténtico Estado de Derecho”, agregaron.
Informe: La Nación
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