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jueves, 29 de noviembre de 2012

“Es un cambio cultural que consideraba al trabajador doméstico como trabajador de segunda”

La senadora Sonia Escudero explicó que la
ley para el servicio doméstico beneficiará
a más de un millón de trabajadores.
SaltaEsta ley abarcará “un universo de un millón cien mil trabajadores, entre registrados e informales, que históricamente estaban marginados de las conquistas de las leyes laborales”, aseguró la senadora nacional por Salta, Sonia Margarita Escudero, al hacer referencia a la nueva norma para trabajadores del servicio doméstico. La legisladora dijo que con esta ley se “intenta empujar un cambio cultural que hasta ahora consideró a las trabajadoras domésticas como trabajadores de segunda”.

Esta norma “intenta empujar un cambio cultural que hasta ahora consideró a las trabajadoras domésticas como trabajadores de segunda y busca garantizar el acceso a derechos y beneficios laborales”, afirmó la senadora nacional por Salta, Sonia Margarita Escudero (Bloque Justicialista 8 de Ocutubre) al referirse al proyecto de ley que reconoce a los empleados domésticos los  mismos derechos y beneficios que el resto de los trabajadores. Esta iniciativa fue aprobada por el Senado y pasó a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva.

La aludir a los alcances de la ley, la legisladora salteña dijo que “estamos hablando de un universo de un millón cien mil trabajadores, entre registrados e informales, que históricamente estaban marginados de las conquistas de las leyes laborales porque la ley de Contrato de Trabajo expresamente excluía a estos trabajadores”.

Explicó que “el 98,5% de los trabajadores del servicio doméstico son mujeres”. Además, explicó que “mientras que en el mercado laboral argentino, el promedio de trabajo “en negro” es del 35% para los hombres y del 40% para las mujeres, en el sector de servicio doméstico la informalidad trepa al 85%”.

El proyecto

La iniciativa reconoce al personal doméstico derechos y beneficios del resto de los trabajadores amparados por la ley 20.744 (Ley de contrato de trabajo) tales como límites de horarios de jornadas, vacaciones, licencias por maternidad, aguinaldos e indemnización por despidos.

Los jóvenes de entre 16 y 17 años realizarán jornadas de seis horas diarias y 36 semanales, mientras que el trabajo quedará prohibido para menores de 16. Para los adolescentes que trabajen, los empleadores estarán obligados a “garantizar la terminalidad educativa”.

Informe: SB y Agensur.info

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